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PARLACEN demanda a Panamá por violaciones a su Tratado Constitutivo

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PARLACEN demanda a Panamá por violaciones a su Tratado Constitutivo

 

Presidente del Parlamento Centroamericano, diputado Jacinto Suárez Espinoza, presentó el viernes 26 de marzo, ante la Corte Centroamericana de Justicia, con sede en Managua, una demanda contra el Estado de la República de Panamá, por violaciones al Protocolo de Tegucigalpa a la Carta de la Organización de Estados Centroamericanos (ODECA) y al Tratado Constitutivo del Parlamento Centroamericano.

Demanda a Panamá

El 19 de agosto de 2009, el Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá comunicó a la Cancillería guatemalteca, en su calidad de ente depositario del Tratado del PARLACEN, la “voluntad efectiva y expresa de iniciar el proceso de retiro del PARLACEN”.

Los diputados y diputadas al igual que los gobiernos de Nicaragua, Guatemala y El Salvador, han exhortado en distintas oportunidades al gobierno de Panamá a reconsiderar la decisión de retirarse del Parlamento Centroamericano, toda vez que esto entorpece los avances alcanzados y violenta la disposición del Protocolo de Tegucigalpa que prohíbe a los Estados parte, adoptar medidas unilaterales que pongan en peligro la consecución de los propósitos y el cumplimiento de los principios fundamentales del SICA.

Dentro de las violaciones que se mencionan en la demanda presentada por el PARLACEN pueden mencionarse:

  • El Decreto aprobado por la Asamblea Nacional de Panamá mediante el cual “se derogan las leyes que aprueban los instrumentos internacionales relativos al Parlamento Centroamericano” es  violatorio del Ordenamiento Jurídico de la Integración Centroamericana y contraviene principios fundamentales del SICA, en especial, el principio de buena fe en el cumplimiento de las obligaciones de los Estados, el de solidaridad, el de progresividad, el de globalidad y especialmente el de  irreversibilidad del proceso.

 

  • El Estado de Panamá ha incumplido con sus obligaciones económicas para con el Parlamento Centroamericano dejando de pagar la cuota correspondiente, según lo establece el artículo 19 del Tratado Constitutivo del Parlamento Centroamericano (El Presupuesto de funcionamiento del Parlamento Centroamericano será financiado por los Estados miembros en partes iguales).

 

  • Finalmente se debe recordar que el derecho comunitario centroamericano tiene preeminencia por sobre el derecho interno, y que en tal sentido el gobierno panameño debe actuar en consonancia con el principio de su Constitución, recogido en el artículo 4 que de manera literal expresa “La República de Panamá acata las normas del Derecho Internacional.”
Guatemala, marzo 26 de 2010

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